Esto variara de país a país, En el caso de Mexico aun no aplica el cobro de ganancias por inversiones en mercados especulativos, esto aplica en personas físicas, según consta en el artículo 160 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta las personas físicas que solamente obtengan ingresos por intereses y éstos no rebasen la cantidad d $100,000 pesos ($10,000 usd) no estarán obligados a presentar declaración del ejercicio por esos ingresos.



